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Visas para Trabajadores Altamente Cualificados y Traslados Intraempresariales
¿Eres un talento altamente cualificado y sueñas con trabajar en España? ¿O eres una empresa que busca atraer a los mejores profesionales a nivel internacional? El Estudio Legal Giambrone está a tu lado para ayudarte a alcanzar tus objetivos.
Simplificamos tu movilidad internacional
Gracias a nuestra amplia experiencia, sabemos cómo navegar las complejidades del sistema de visados español. Te ofrecemos un servicio completo y personalizado para obtener el visado para trabajadores altamente cualificados o para transferencias intraempresa de manera rápida y sin estrés.
¿Por qué elegirnos?
- Equipo de expertos legales: nuestro equipo está altamente cualificado y constantemente actualizado sobre las últimas normativas en materia de inmigración.
- Enfoque personalizado: analizamos tu caso específico para identificar la solución más adecuada a tus necesidades.
- Asistencia completa: te apoyamos en todas las fases del proceso, desde la recopilación de documentos hasta la presentación de la solicitud.
- Máxima eficiencia: trabajamos con rapidez y precisión para garantizarte tu visado en el menor tiempo posible.
Graziano Cecchetti
Partner ![Visas para Trabajadores Altamente Cualificados y Traslados Intraempresariales 1 Graziano Cecchetti](https://www.contactgiambronelaw.com/wp-content/uploads/2023/04/GC.png)
Paola Vitali
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¿Qué servicios ofrecemos?
- Visado para trabajadores altamente cualificados: ideal para profesionales con una alta especialización y una experiencia comprobada.
- Transferencia intraempresa: pensado para los empleados que deben trasladarse a España para trabajar en una filial de su propia empresa.
- Asistencia en la Preparación de Documentos: Pasaporte, certificado de nacimiento, certificado de matrimonio, etc.
- Asesoramiento Personalizado: Apoyo dedicado en cada etapa del proceso
- Representación Legal Completa: Desde la solicitud de la visa hasta la resolución de posibles problemas legales.
Ventajas para las empresas:
- Atraer a los mejores talentos: accede a un grupo más amplio de candidatos cualificados.
- Reducir los tiempos de reubicación: agiliza la incorporación de tu personal en España.
- Simplificar la gestión burocrática: delega en nosotros los trámites legales relativos a los traslados.
¿Por qué seleccionar al Bufete Internacional Giambrone & Partners?
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Visas para Trabajadores Altamente Cualificados
El visado para profesionales cualificados está regulado por la Ley 14/2013. Es un permiso de residencia que permite a los ciudadanos no pertenecientes a la UE vivir y trabajar legalmente en España, siempre que consigan una oferta de trabajo en una empresa española en una posición cualificada o técnica, o como gerente/ejecutivo.
Por lo tanto, en este caso, no existe una regla única que se aplique a todos los casos. Dependiendo de la forma en que se cumplan los requisitos, un perfil profesional puede encajar con la solicitud de este visado de trabajo y residencia.
- Libre circulación dentro del área Schengen.
- El solicitante puede incluir a su cónyuge/pareja o hijos menores de 18 años (o dependientes mayores de 18 años) en la solicitud o después de que se apruebe el visado.
- Posibilidad de solicitarlo desde España con un estatus legal.
- El periodo de validez del visado cuenta para la nacionalidad.
- La situación nacional de empleo no es aplicable.
- Pasaporte válido (con al menos un año de validez).
- Pago de la tasa administrativa.
- El solicitante necesita una oferta de trabajo en España para solicitar el visado, que se ajuste a su cualificación. El trabajo debe estar relacionado con los estudios.
- Este visado es aplicable para aquellos que trabajarán como:
- Gerentes, ejecutivos…
- Posiciones cualificadas o técnicas.
- Ciudadanos no pertenecientes a la UE que hayan terminado sus estudios en una universidad o escuela de negocios relevante.
- Contrato de trabajo que debe ser firmado por la empresa y el solicitante en todas las páginas.
- Perfil altamente cualificado:
- Mediante diploma de grado y máster (o superior, como un doctorado) o
- 3 años de experiencia -carta de experiencia-.
- Carta de la empresa especificando la oferta de trabajo, roles, salario, tipo de trabajo y grupo de cotización en la Seguridad Social española.
- Currículum Vitae.
- Ausencia de antecedentes penales en los países donde el solicitante ha vivido en los últimos 2 años -Certificado de antecedentes penales-.
- Salario de al menos 40.077 euros/año. En el caso de gerentes y ejecutivos, la cantidad debe ser de al menos 54.142 euros/año. No se tienen en cuenta los salarios variables o bonificaciones.
El visado es válido por un año (renovable en las mismas condiciones) y la autorización de residencia es válida por 3 años (renovable por 2 años y residencia permanente después de 5 años). Funciona como el Visado para Nómadas Digitales. La solicitud puede ser presentada junto con los hijos y el cónyuge. En este caso, será necesario demostrar el parentesco (certificado de nacimiento / certificado de matrimonio).
Visas para Traslados Intraempresariales
El visado de traslado intraempresarial está regulado por la Ley 14/2013. Está destinado a facilitar la movilidad internacional de un empleado que se traslada a España:
- Dentro de la misma empresa o grupo de empresas.
- Desde una empresa que tiene un contrato para la prestación de servicios con una empresa española.
Puede concederse en dos modalidades:
a) ICT-UE: Aplica cuando el solicitante es miembro de un equipo directivo (CEO, CFO, COO), profesional especializado o becario. Las personas en esta modalidad pueden trabajar y residir en cualquier país de la UE y pueden ser trasladadas dentro de su empresa o grupo de empresas en la UE durante el periodo de validez de la autorización.
b) Autorización de residencia nacional: Aplicable para casos que no sean elegibles para ICT-UE. También será la ruta cuando el empleado ya se haya beneficiado del permiso ICT-UE, pero necesite extender su residencia.
- Libre circulación dentro del área Schengen.
- Posibilidad de ser trasladado a otro país de la UE (solo para el visado ICT-UE).
- El solicitante puede incluir a su cónyuge/pareja o hijos menores de 18 años (o dependientes mayores de 18) en la solicitud o después de que se apruebe el visado.
- Posibilidad de solicitarlo desde España con un estatus legal.
- El periodo de validez del visado cuenta como residencia legal para las solicitudes de ciudadanía española.
- La situación nacional de empleo no es aplicable.
Empresa:
- Actividad empresarial real y continuada de la empresa de origen.
- Acreditación de la actividad real de esta empresa en España -registro-.
- Prueba del grupo de empresas o contrato de prestación de servicios.
- Carta de la empresa de origen, firmada por el empleado transferido, justificando y explicando la necesidad del traslado.
Cobertura de la seguridad social:
- Documento que certifique que el empleado está cubierto por la seguridad social en el país de origen (por ejemplo, formulario A1).
- Seguro de salud.
- Si no existe un acuerdo entre España y el país de origen, la empresa puede asignar un representante legal en España que asumirá la responsabilidad de la empresa de origen.
Empleado:
- Pasaporte válido.
- CV.
- Pago de la tasa administrativa.
- Prueba de experiencia y formación en el campo: título de educación superior o 3 años de experiencia.
- Relación laboral de al menos 3 meses con la empresa o grupo de empresas: contrato de trabajo, los 3 últimos recibos de sueldo, etc. *La relación laboral puede ser con cualquiera de las empresas del grupo de empresas.
- Antecedentes penales del país de residencia de los últimos 2 años.
La validez dependerá de la modalidad: a) ICT-UE: Se concede por un periodo de 3 años, excepto para becarios cuya autorización tendrá una duración máxima de un año (no renovable). b) Autorización de residencia nacional: La autorización se concede por la duración de la tarea/asignación del empleado con un máximo de 3 años. Puede renovarse por 2 años más.